Muchas veces pensamos que por ser ecológico va a ser más sano que cualquier otro producto igual, de una marca comercial sin esta categoría, y no necesariamente es así.
Este producto es más sano por cuestiones fitosanitarias pero no nutricionalmente, ya que tanto una pera ecológica como una no ecológica tienen las mismas propiedades alimenticias.
Si hablamos de productos procesados, debemos de tener en cuenta lo mismo, si te compras una tarta de chocolate hecha con productos ecológicos y una con productos comerciales con las mismas cantidades e iguales materias primas, aportarán las mismas grasas, hidratos, calorías....
Debemos tener en cuenta también que los productos procesados denominados ecológicos por normativa no están obligados a que toda la materia prima utilizado para este sea ecológica, como indica en el siguiente apartado.
(20) Los alimentos procesados solo deben etiquetarse como ecológicos cuando todos o la mayor parte de los ingredientes de origen agrario son ecológicos. Sin embargo, deben establecerse normas de etiquetado especiales para alimentos procesados que contengan ingredientes agrarios que no puedan obtenerse ecológicamente, como sucede con los productos de la caza y la pesca. Además, para la información al consumidor, la transparencia en el mercado y el fomento de la utilización de ingredientes ecológicos, también debe ser posible referirse a la producción ecológica en la lista de ingredientes en determinadas condiciones.
Los productos ecológicos son más sanos a nivel fitosanitario, es decir todos los productos que se utilizan para controlar plagas y curar las plantas han de ser biológicos (Que utiliza agentes exclusivamente naturales) .
Los productos ecológicos han de ser respetuosos con el medio ambiente, ya sean de origen animal o vegetal, según la normativa europea, cito textualmente:
OBJETIVOS Y PRINCIPIOS DE LA PRODUCCIÓN ECOLÓGICA
Artículo 3
Objetivos
La producción ecológica perseguirá los siguientes objetivos generales:
a) asegurar un sistema viable de gestión agrario que:
i) respete los sistemas y los ciclos naturales y preserve y mejore la salud del suelo, el agua, las plantas y los animales y el equilibrio entre ellos,
ii) contribuya a alcanzar un alto grado de biodiversidad,
iii) haga un uso responsable de la energía y de los recursos naturales como el agua, el suelo, las materias orgánicas y el aire
, iv) cumpla rigurosas normas de bienestar animal y responda a las necesidades de comportamiento propias de cada especie;
b) obtener productos de alta calidad;
c) obtener una amplia variedad de alimentos y otros productos agrícolas que respondan a la demanda de los consumidores de productos obtenidos mediante procesos que no dañen el medio ambiente, la salud humana, la salud y el bienestar de los animales ni la salud de las plantas.
Artículo 4
Principios generales
La producción ecológica estará basada en los siguientes principios:
a) el diseño y la gestión adecuadas de los procesos biológicos basados en sistemas ecológicos que utilicen recursos naturales propios del sistema mediante métodos que:
i) utilicen organismos vivos y métodos de producción mecánicos,
ii) desarrollen cultivos y una producción ganadera vinculados al suelo o una acuicultura que respete el principio de la explotación sostenible de la pesca,
iii) excluyan el uso de OMG y productos producidos a partir de o mediante OMG, salvo en medicamentos veterinarios,
iv) estén basados en la evaluación de riesgos, y en la aplicación de medidas cautelares y preventivas, si procede;
b) la restricción del recurso a medios externos. En caso necesario o si no se aplican los métodos y las prácticas adecuadas de gestión mencionadas en la letra
a), se limitarán a:
i) medios procedentes de la producción ecológica,
ii) sustancias naturales o derivadas de sustancias naturales,
iii) fertilizantes minerales de baja solubilidad;
c) la estricta limitación del uso de medios de síntesis a casos excepcionales cuando:
i) no existan las prácticas adecuadas de gestión,
ii) los medios externos mencionados en la letra
b) no estén disponibles en el mercado, o
iii) el uso de los medios externos mencionados en la letra b) contribuyan a efectos medioambientales inaceptables;
d) la adaptación, en caso de que sea necesario y en el marco del presente Reglamento, de las normas de la producción ecológica teniendo en cuenta la situación sanitaria, las diferencias regionales climáticas así como las condiciones, las fases de desarrollo y las prácticas ganaderas específicas locales.
Podéis encontrar la normativa completa pinchando aqui
Por último os dejo lo que dijo Julio Basulto en una entrevista que encontraréis en este link
¿Tampoco crees en alimentos ecológicos?
J.B: No tengo nada en contra de los alimentos ecológicos, pero sí estoy en contra de que se les atribuyan propiedades especiales sin ninguna base científica. Ahora, aunque no soy consumidor de alimentos ecológicos, sé que pueden ejercer unos beneficios en el medioambiente. Es la misma postura oficial de la Academia Americana de Pediatría (AAP), puesto que, como sostiene esta institución, “se ha demostrado que la agricultura ecológica ejerce un menor impacto ambiental que los enfoques convencionales”, pero “no hay estudios en humanos bien realizados que demuestren directamente beneficios para la salud o para la protección de la enfermedad como resultado de consumir una dieta orgánica”. Pero a mí lo que me preocupa es que los que los consumidores de alimentación ecológica puedan acabar descuidando unos hábitos saludables (hacer ejercicio, no fumar, comer suficientes frutas y hortalizas) por pensar que están comiendo unos alimentos “superiores”, como si contasen con una especie de talismán.
Con esto espero haber resuelto vuestras dudas.
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